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Noticias del Consorcio de Compensación de Seguros
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LA ENTRADA EN LIQUIDACIÓN DE LA ENTIDAD “MONTEPÍO DE TELÉFONOS, MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL”
05/06/2025
Por Orden ECM/545/2025 de 9 de mayo de 2025 (BOE núm. 130 de 30 de mayo) se acordó la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora del Montepío de Teléfonos, Mutualidad de Previsión Social (MONTEPÍO DE TELÉFONOS) y la encomienda de su liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). La Asamblea General de la entidad, celebrada el 28 de febrero de 2025, había acordado su disolución voluntaria y, con anterioridad, la celebrada el 11 de diciembre de 2024, acordó el vencimiento anticipado de las garantías aseguradoras con efectos 31 de diciembre de 2024.
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PARCELA EN VICAR (ALMERÍA)
05/06/2025
SE VENDE PARCELA SITA EN VÍCAR (ALMERÍA), PROPIEDAD DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
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SE VENDE FINCA EN REQUENA (VALENCIA)
04/06/2025
Finca Rústica en Requena (Valencia), propiedad del CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
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MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA (PORTACELI) (En liquidación)
31/10/2024
Conforme al artículo 229 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, constatada la solvencia de la entidad aseguradora en liquidación, el Consorcio de Compensación de Seguros ha llevado a cabo el proceso de liquidación según lo dispuesto en el capítulo II del Título VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, y sus normas de desarrollo. Así, ha abonado sus créditos con cargo a sus fondos propios a medida que éstos eran líquidos y exigibles, sin necesidad de junta de acreedores.
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MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRINA FIJA, DE EMPLEADOS DE LA CAJA DE AHORROS DE VALENCIA (En liquidación)
31/10/2024
Conforme al artículo 229 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, constatada la solvencia de la entidad aseguradora en liquidación, el Consorcio de Compensación de Seguros ha llevado a cabo el proceso de liquidación según lo dispuesto en el capítulo II del Título VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, y sus normas de desarrollo. Así, ha abonado sus créditos con cargo a sus fondos propios a medida que éstos eran líquidos y exigibles, sin necesidad de junta de acreedores. Satisfechos todos los créditos y los derivados de gastos de liquidación, se han consignado en depósito los no reclamados a disposición de sus legítimos dueños durante el plazo de veinte años en el propio Consorcio, transcurrido el cual sin haber sido reclamados se ingresarán en el Tesoro Público.
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LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES DESCONOCIDOS DE MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DEL COLEGIO PARAÍSO DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE MADRID (PARAISO SAGRADOS CORAZONES), EN LIQUIDACIÓN
20/08/2024
Se comunica a los acreedores desconocidos de Mutualidad Escolar de Previsión Social del colegio Paraíso de los Sagrados Corazones de Madrid, en liquidación (CIF V78114840 y clave MPS 2958) que, conforme a lo dispuesto en el artículo 185.4 de la ley 20/2015, de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (LOSSEAR) por resolución de 21 de mayo de 2024, la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 158, de fecha 4 de julio) declaró en plena vigencia la resolución de esa misma Dirección de 27 de febrero por virtud de la cual se revocó la autorización administrativa para la actividad aseguradora de la Mutualidad, encomendando su liquidación al CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LA ENTRADA EN LIQUIDACIÓN DE LA ENTIDAD “MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DEL COLEGIO PARAISO DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE MADRID (PARAISO)”
31/05/2024
La Dirección General de Autónomos y Emprendimiento de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, por Resolución de 27 de febrero de 2024, acordó inscribir en el Registro de Mutualidades de Previsión Social no integradas en la Seguridad Social de esa Comunidad la disolución de la entidad “MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DEL COLEGIO PARAISO DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE MADRID”, la revocación de su autorización administrativa para la actividad aseguradora y la inscripción del nombramiento como liquidador del Consorcio de Compensación de Seguros.
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MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAS ARTES DEL LIBRO, ARLI A PRIMA FIJA (En liquidación)
10/05/2024
Conforme al artículo 229 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, constatada la solvencia de la entidad aseguradora en liquidación, el Consorcio de Compensación de Seguros ha llevado a cabo el proceso de liquidación según lo dispuesto en el capítulo II del Título VII del mencionado Real Decreto y sus normas de desarrollo.
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LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES DESCONOCIDOS DE MUTUA NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA, MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL (MUNITEC) EN LIQUIDACIÓN
26/09/2023
Se comunica a los acreedores desconocidos de Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, MUNITEC, en liquidación (CIF V08465098 y clave P3164), que conforme a lo dispuesto en el artículo 185.4 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (LOSSEAR), por Orden ETD/885/2023, de 14 de julio (BOE núm. 179 de 28 de julio) se acordó encomendar la liquidación de la referida entidad al CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LA ENTRADA EN LIQUIDACIÓN DE LA ENTIDAD "MUTUA NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA, MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL"
28/07/2023
Por Orden ETD/885//2023 de 14 de julio de 2023 (BOE de 28 de julio de 2023) y a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se acordó la disolución de la Mutualidad Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social (MUNITEC), la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora y la encomienda de su liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).