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MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRINA FIJA, DE EMPLEADOS DE LA CAJA DE AHORROS DE VALENCIA (En liquidación)

MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRINA FIJA, DE EMPLEADOS DE LA CAJA DE AHORROS DE VALENCIA (En liquidación)31/10/2024

Conforme al artículo 229 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, constatada la solvencia de la entidad aseguradora en liquidación, el Consorcio de Compensación de Seguros ha llevado a cabo el proceso de liquidación según lo dispuesto en el capítulo II del Título VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, y sus normas de desarrollo. Así, ha abonado sus créditos con cargo a sus fondos propios a medida que éstos eran líquidos y exigibles, sin necesidad de junta de acreedores. Satisfechos todos los créditos y los derivados de gastos de liquidación, se han consignado en depósito los no reclamados a disposición de sus legítimos dueños durante el plazo de veinte años en el propio Consorcio, transcurrido el cual sin haber sido reclamados se ingresarán en el Tesoro Público.